FUTUROS
ALIMENTARIOS
Manual de la MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010
Secretaría de economía, 2020
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (2018) el 75.2 % de la población mexicana adulta padece sobrepeso y obesidad, mientras que 8.6 millones de personas viven con diabetes. De dichas encuestas surgió la necesidad de generar estrategias y líneas de acción para prevenir y controlar tales padecimientos en toda la población desde niños niñas, y adolescentes hasta adultos. Para tales acciones el 27 de Marzo del 2020 se modificó la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 publicada en el Diario Oficial de la Federación, de manera que los consumidores puedan tomar una decisión informada al momento de elegir alimentos y bebidas no alcohólicas y preenvasadas. La correcta implementación de esta norma será verificada por La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Federal Para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
La información que contenga el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólica y preenvasada a partir de que entre en vigor la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 deberá ser veraz, con evidencia científica objetiva y fehaciente.
Todos aquellos productos que tengan uno o mas sellos de advertencia o la la leyenda de endulzo colorantes no deben incluir etiquetas con personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como, juegos visual – espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o
fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes. Esto entre muchos otros requisitos de etiquetado que incluye el nombre o denominación, lista de ingredientes, contenido neto o masa drenada, nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal. Mismos que se enlistan en la presente norma con las características requeridas.